Intimaron a CEOSP por el cobro de servicios en su facturación

A través de una notificación que llegó a la CEOSP el pasado lunes, la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor intimó a esa cooperativa a dejar de incluir  dentro de las facturas cualquier concepto que no sea eléctrico. Lo contó a FMSol el secretario Martín Rigacci: “Lo único que va a figurar es el gasto de energía, cargo fijo, cargo variable, IVA y nada más”. 

Tras la intimación, queda “hacer un descargo, que ya está armado, solo falta presentarlo para ver si podemos continuar así, pero lo veo muy difícil” continuó. Y aclaró que en cuanto a la facturación, es preciso ” separar en tres conjuntos diferentes. Uno es lo que es conceptos cooperativos, o sea servicios que presta, el servicio solidario del Sepelios y el mantenimiento de nichos”

Otro apartado lo componen “ la tasa del alumbrado público, y tres leyes provinciales. Uno es el agregado tarifario, el fondo compensador y  el 6 por ciento que se cobra se recauda para el municipio” siguió. “A nivel municipal, por la ordenanza fiscal impositiva, hay una ley provincial también, que habilita la tasa cooperativa a que si tiene un convenio con el municipio, cobre la tasa de alumbrado público dentro de las facturas. Es el único concepto que tenemos que cobrar lo municipal sí o sí dentro de la factura, si tenemos un convenio. En este caso tenemos un convenio y lo teníamos incluido”.

En cuanto a las leyes provinciales, agregó Rigacci,está el fondo compensador, es un mecanismo por el cual las cooperativas que compramos en el mercado mayorista en el MEN, como en la CEOSP, paga el precio de energía bastante más barato que por ejemplo Villa Lía, que compra a Edén. Para compensar esa diferencia en el precio de compra, la Provincia cobra un porcentaje en la factura y después distribuye entre todos los distribuidores municipales para nivelar el precio de compra. Tiene en cuenta también la ruralidad, kilómetros de líneas rurales, es una cuenta muy compleja, por eso se llama fondo compensador“.

Después está el agregado tarifario que es todo lo que aporta cada usuario para que la provincia pueda hacer obras eléctricas. Y el 6 por ciento que se recauda para el municipio, eso en compensación por cualquier tasa que el municipio le pueda cobrar a un distribuidor, llámese espacio público, patentes, habilitaciones, obras, por cualquier concepto que el municipio pueda cobrar a través de una tasa” . Los tres conceptos están respaldados por la provincia con una ley que permite incluirlos en la factura.

Respecto de una posible interpretación, el secretario de CEOSP explicó que la “Nación entiende que esos conceptos no deben estar incluidos, pero el decreto, la resolución, la sacó la Secretaría de Comercio. Ellos nos están diciendo no cobren los conceptos, o sea no le dice a la provincia ni al municipio que la tasa o el impuesto no debe ser cobrado, ellos están diciendo no cobren dentro de la factura”.

Mientras tanto, la cooperativa frenó “ la facturación a partir del lunes, no se emitieron más facturas porque ya estábamos intimados. Todas las facturas hechas para atrás están con el formato viejo,  y se cobra todo junto”. En cuanto a los caminos a seguir, “en principio va a salir una factura aparte, después vamos a adecuar el sistema para que salga, hay que validarlo también con la Nación porque la realidad es que es un formato que la provincia admite, pero la Nación no lo sabemos, una sola factura con diferentes cuerpos” agregó.

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