Ayelén Paulucci es la nueva titular de PAMI en nuestra ciudad


En la semana conocimos la noticia que la vecina Ayelén Paulucci, hija del contador Paulucci fue designada mediante la resolución N° 1396 BUENOS AIRES, 02 agosto de 2016, como la nueva titular del PAMI de San Antonio de Areco.
Ante esto, se aplicó la otra resolución Nº 1395 BUENOS AIRES, 02 agosto de 2016 que limita, a partir de la fecha de notificación, las funciones de Jefe del Centro de Atención Personalizada San Antonio de Areco, de la Unidad de Gestión Local XXXII – Luján, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la agente Mariela DI CARLO.
A continuación, las dos resoluciones completas, publicadas en el boletín oficial de la pagina web de PAMI, el día jueves 4 de agosto:
* Resolución N° 1395 BUENOS AIRES, 02 AGO. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008853-1, y la Resolución N° 003/DE/16, y CONSIDERANDO: Que por el acto resolutivo mencionado en el Visto, y con carácter complementario a la estructura organizativa del Instituto aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que en razón de lo señalado precedentemente, resulta necesario limitar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de Jefe del Centro de Atención Personalizada índice índice página 66 Año XII – N° 2599 :: BUENOS AIRES, Jueves 04 de Agosto de 2016 :: índice San Antonio de Areco, de la Unidad de Gestión Local XXXII – Luján, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la agente Mariela DI CARLO (Legajo N° 62306 AD B CH40SEM INI), asignadas por la Resolución N° 289/ DE/14, y ratificadas por su similar N° 825/DE/15, quedando a disposición del titular de la referida Unidad de Gestión Local. Que atento lo expresado en el considerando que antecede, la agente Mariela DI CARLO (Legajo N° 62306), pasará a revistar, a partir de la fecha de notificación, en el Tramo C dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y régimen de prestación laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor. Que asimismo corresponde dejar constancia que la agente Mariela DI CARLO deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Limitar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de Jefe del Centro de Atención Personalizada San Antonio de Areco, de la Unidad de Gestión Local XXXII – Luján, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la agente Mariela DI CARLO (Legajo N° 62306 AD B CH40SEM INI), asignadas por la Resolución N° 289/ DE/14, y ratificadas por su similar N° 825/DE/15, quedando a disposición del titular de la referida Unidad de Gestión Local. ARTÍCULO 2°.- Reubicar, a partir de la fecha de notificación, a la agente Mariela DI CARLO (Legajo N° 62306), en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Administrativo de acuerdo a lo establecido en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/ DE/06, y régimen de prestación laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor. ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que la agente Mariela DI CARLO deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido archívese. RESOLUCIÓN N° 1395 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
* Resolución N° 1396 BUENOS AIRES, 02 AGO. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008852-1, y las Resoluciones N° 002/DE/15 y N° 003/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N° 003/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que en pos de lo enunciado precedentemente se estima conveniente contar también con las líneas jerárquicas conforme la estructura organizacional, resultando para ello imprescindible proceder a la cobertura de diversas unidades orgánicas de este Instituto, con la finalidad de brindar un servicio eficiente y eficaz. Que en ese sentido resulta procedente designar, a partir de la fecha de notificación, en el Centro de Atención Personalizada San Antonio de Areco, Unidad de Gestión Local XXXII – Luján, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, con funciones de titular del mencionado Centro, a la señora Ayelén PAULUCCI (CUIL N° 27-32147334-8), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento Administrativo, según lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que asimismo corresponde dejar constancia que en el plazo de treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación, la señora Ayelén PAULUCCI (CUIL N° 27-32147334-8), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de índice índice página 77 Año XII – N° 2599 :: BUENOS AIRES, Jueves 04 de Agosto de 2016 :: índice Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Centro de Atención Personalizada San Antonio de Areco, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, con funciones de titular del mencionado Centro, a la señora Ayelén PAULUCCI (CUIL N° 27-32147334-8), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento Administrativo, según lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que en el plazo de treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación, la señora Ayelén PAULUCCI (CUIL N° 27-32147334-8), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución la designación que se dispone por este acto resolutivo, a partir de la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 1396 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Fuente: http://institucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/04-08-16.pdf