“Van a pedir comida”: menores, delito y ausencia de contención
Se denunció hoy un intento de robo ocurrido en la esquina de Alsina y Alvear, protagonizado por menores de entre 11 y 15 años, reabrió un debate complejo que exige precisión. Señalar las condiciones de vulnerabilidad en las que viven algunos chicos no implica, de ningún modo, justificar el delito ni relativizar el daño sufrido por quienes son víctimas de robos o agresiones.
La comerciante agredida tiene derechos, y el robo -aun cuando no se concrete- es un hecho grave que no puede ser naturalizado. Reconocer esto es indispensable para cualquier análisis serio.
Dicho esto, en las propias declaraciones del secretario de Seguridad, Ramón Ojeda, aparece un dato que no puede pasarse por alto: los menores involucrados “van a pedir comida”. Ese elemento introduce una dimensión previa al delito que merece ser analizada, no para excusar conductas violentas, sino para comprender por qué se repiten.
Según el funcionario, se trata de “menores viejos conocidos”, identificados y con antecedentes. La policía actúa dentro de los límites legales, como auxiliar de la justicia, lo que explica el reiterado “entran y salen”. No se trata de desinterés policial, sino del funcionamiento del sistema vigente.
Ojeda también describe el acompañamiento estatal existente: una asistente social que los acompaña en el trayecto escolar. Sin embargo, el propio relato expone el principal vacío: fuera del horario de clases y, especialmente, durante las vacaciones, estos chicos quedan sin ningún dispositivo de contención.
Es en ese punto donde la frase “van a pedir comida” adquiere centralidad. Pedir comida no es un delito; es una señal de una necesidad básica insatisfecha. La agresión posterior es condenable y debe tener consecuencias, pero aparece en un contexto donde el Estado se retira en los momentos de mayor vulnerabilidad.
Plantear esta realidad no implica poner en conflicto los derechos de unos contra los de otros. No se trata de elegir entre el chico vulnerable y el comerciante agredido. Ambos existen, ambos importan y ambos deberían estar protegidos por el Estado.
En este marco, el debate sobre la edad de imputabilidad aparece como una respuesta tardía. Si los menores están identificados y se sabe cuándo el riesgo aumenta, la pregunta de fondo no es solo penal, sino preventiva: qué políticas existen para que estos chicos no lleguen a pedir comida ni a ejercer violencia, y para que los vecinos no sean quienes paguen el costo de esa ausencia estatal.
Ojeda señala que estos chicos “tienen mamá y papá” y el dato es real. Pero la sola existencia de una familia no garantiza contención, cuidado ni límites. Hay hogares que no pueden, no saben o no logran sostener a sus hijos y esa realidad -incómoda pero evidente- no desaparece por nombrarla.
Si el Estado conoce esos casos, si sabe quiénes son los chicos y reconoce que fuera de la escuela quedan sin acompañamiento, la pregunta no puede agotarse en la imputabilidad. La responsabilidad pública empieza justamente donde la contención familiar no alcanza.
No se trata de reemplazar a las familias ni de justificar delitos, sino de asumir que cuando el Estado se retira, el conflicto no desaparece: se traslada al espacio público y termina impactando sobre otros vecinos, que también tienen derechos. La discusión pendiente no es solo qué hacer después del delito, sino qué hacer antes, cuando todavía es posible evitar que pedir comida termine en violencia.

