Dieron prisión domiciliaria a Francisco Leuzzi

Privación de Libertad Domiciliaria

Leuzzi, Francisco Jose s/Homicidio culposo – conducción de vehículo automotor agravado por la fuga o ausencia de socorro a la víctima -Art.84 bis párr. 2do

P.V.: Leuzzi Francisco

Mercedes, 14 de julio de 2023

Cúmplase en notificar a las partes lo resuelto por la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal departamental Sala Primera, y hágase efectiva la morigeración de los efectos de la prisión preventiva que viene sufriendo el imputado Francisco José Leuzzi, en la modalidad de prisión domiciliaria, en la vivienda ubicada en calle ————- de la localidad San Antonio de Areco (B), con monitoreo de la Dirección de Monitoreo Electrónico del Servicio Penitenciario Bonaerense, bajo el cuidado y la responsabilidad de ——————- , quien deberá asumir el compromiso de garante de su cumplimiento de la medida morigeradora ante el personal interviniente al momento de confeccionar el acta, imponiéndole al imputado como condición por el plazo que dure el proceso, no mantener ningún tipo de contacto personal ni por interpósita persona ni por medios tecnológicos con los testigos y los familiares de la víctima de autos, bajo apercibimiento de revocarse el beneficio en caso de incumplimiento de todas o algunas de las obligaciones impuestas (arts. 3 inc. 3°, 23 inc. 2°, 146 inc. 3°, 163 tercer párrafo inc. 1° y ccdtes. del C.P.P.; y arg. art 21 Ley 12.256).
Líbrese oficio a la Dirección de Monitoreo Electrónico del Servicio Penitenciario Bonaerense, a fin de que en carácter urgente se implemente el sistema de monitoreo electrónico y se controle el cumplimiento de la prisión domiciliaria dispuesta por la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal departamental Sala Primera.

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